El pasado 5 de abril, el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto 244/2019 que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo en España. A través de dicho decreto, se habilita la figura del autoconsumo colectivo y, además se implanta un mecanismo simplificado de compensación de la energía autoproducida y no consumida. 

SE ACEPTA EL AUTOCONSUMO COLECTIVO EN ESPAÑA

Hasta el momento, únicamente había la posibilidad del autoconsumo individual, es decir un único consumidor conectado a una red interior. Con la nueva norma se habilita la figura del autoconsumo colectivo, es decir, varios consumidores podrán estar conectados a una misma planta de generación. Esta medida impulsará el autoconsumo en comunidades de propietarios, industrias y empresas ubicadas en una misma localización. Es decir, a partir de ahora se permite realizar autoconsumo tanto con instalaciones de generación eléctrica situadas en la misma vivienda, que era la única opción posible hasta el momento, como con instalaciones de generación eléctrica situadas en las proximidades. Es así como, con acuerdo previo entre las partes, se podrán instalar placas fotovoltaicas en edificios cercanos.

COMPENSACIÓN DE LA ENERGÍA AUTOPRODUCIDA Y NO CONSUMIDA

Por otro lado, con la aprobación del Real Decreto 244/2019 se establece un mecanismo de compensación de la energía producida y no consumida por los pequeños autoconsumidores.
En muchas ocasiones no toda la energía producida por las instalaciones de autoconsumo es utilizada. Hasta el momento, si el autoconsumidor quería obtener una compensación por esa energía no utilizada, debía constituirse jurídicamente como productor de energía, realizando varios tramites y declaraciones fiscales exigidas por la ley. A partir de ahora se reducen los tramites para todos los usuarios, y en el caso del pequeño autoconsumidor (instalaciones de hasta 15 kilovatios (kW) o de hasta 100 kW, en el caso de consumo sin excedentes), sólo tendrán que notificar la instalación de una planta de producción eléctrica a la correspondiente ciudad o comunidad autónoma.
Tras la aprobación del Real Decreto, la comercializadora de energía compensará al usuario por la energía excedentaria (no usada) en cada factura mensual. Este mecanismo será aplicable en aquellas instalaciones donde la potencia no supere los 100 kW y siempre que la electricidad generada sea de origen renovable. El usuario podrá recibir una compensación económica de hasta el 100% de la energía consumida a lo largo del mes.

Ahorro autoconsumo colectivo

Una vez detallados las principales medidas aprobadas en el Real Decreto…

¿QUÉ OPCIONES TENGO SI QUIERO PONER UNA PLACA SOLAR EN MI CASA PARA GENERAR ENERGÍA?

Puedes elegir entre dos opciones:

  • Sin excedentes: normalmente no se utiliza toda la energía que se produce a través de una placa solar. A través de esta opción firmas un certificado a través del cual renuncias “dar” a la red el sobrante.
  • Con excedente: a través de esta opción viertes, das, a la red la electricidad sobrante y recibes una compensación por ello en forma de ahorro.

¿QUÉ COMPENSACIÓN PUEDO RECIBIR?

La compensación puede llegar hasta el 100% de la energía consumida al mes por el usuario. En la factura de luz te aparecerá un coste fijo (lo que pagas por el término de potencia), un coste variable (el consumo de energía) y se le añadirá el saldo negativo de lo ahorrado por la electricidad vertida. El máximo que se le podrá restar es la energía producida. Si quieres vender más de lo que consumes, tendrás que registrarte como productor.

¿CUÁNTO DINERO ME AHORRO?

Resulta muy complicado dar una estimación exacta del dinero que puede llegar a ahorrar con este proceso, ya que en función del tipo de vivienda, del su localización, tipo de contrato…el importe variaría.
“Si puede tomarse como referencia una instalación que cueste 4.500 € en una casa unifamiliar. Si ahora se amortizaba en unos doce años, con la compensación simplificada, se habrá costeado por completo en unos diez” (ElDiario, 2019).

¿CUALQUIER COMERCIALIZADORA DE ELECTRICIDAD ACEPTA EL SISTEMA DE AUTOCONSUMO?

Sí todas las comercializadoras aceptan este sistema. La compensación dependerá de con qué comercializadora se ha contratado la electricidad. El Real Decreto diferencia entre las comercializadoras reguladas y aquellas de mercado libre. Las primeras, hace referencia a las “grandes” y el ahorro se computa en función del precio de la electricidad en el mercado mayorista de electricidad, mientras que en las de mercado libre, se tratará de un contrato entre las partes.

SI VIVO EN UNA COMUNIDAD DE VECINOS, ¿PUEDO DISFRUTAR DEL AUTOCONSUMO?

Sí, se conoce como autoconsumo compartido. A través de un sistema de compensación mediante el cual se predice un reparto de ahorro entre los vecinos denominado “ahorro estático”. Cada vecino tiene una cuota de producción de electricidad y se le compensa por horas.
Además no es necesario que la placa solar se encuentre en el tejado propio de tu bloque, se puede hacer autoconsumo con otros edificios del entorno con una distancia máxima de 500 metros de la instalación.
Según el Real Decreto, podrá hacerse entre edificios contiguos y se permitirá instalar las placas fotovoltaicas en el edificio que tenga mejor orientación, “siempre que haya acuerdo entre las partes”.

¿LA POTENCIA DE MI INSTALACIÓN INFLUYE?

Sí, en función de la potencia de la instalación las normas son diferentes.

  • Hasta 15 kilovatios: no es necesario tramitar con las compañías distribuidoras un punto de conexión a la red, el tramite es más sencillo.
  • De 15 a 100 kilovatios: es necesario tramitar con las compañías distribuidoras un punto de conexión a la red. El coste es mayor.
  • Más de 100 kilovatios: se debe registrar como productor de electricidad ya que no se considera como productor de electricidad.

¿NECESITO DOS CONTADORES PARA MEDIR LA ENERGÍA?

No. Hasta el momento, era obligatorio tener dos contadores, uno para medir la energía que producían las placas y otro para medir el consumo de electricidad. Ahora únicamente se necesitará uno bidireccional que medirá ambas variables, reduciendo así los costes.

Ahorro autoconsumo colectivo

Esperamos que le hayan parecido interesantes las nuevas medidas propuestas y más, si puede beneficiarse de ellas. Si necesita aclarar algún concepto o idea, estaremos muy agradecidos de poder ayudarle.